El Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Formación Profesional.


15 Oct, 2021

     El pasado 7 de septiembre, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de “Ley orgánica de ordenación e integración de la Formación Profesional”, momento a partir del cual iniciará su trámite parlamentario. La futura Ley cuenta con un impacto presupuestario de 5.474,78 millones de euros previsto durante su implantación en cuatro años.

    Esta nueva Ley contempla la integración de la Formación Profesional ocupacional y continua de los trabajadores y la Formación Profesional del sistema educativo. Ordena toda la Formación Profesional en 5 “Grados” ascendentes (A, B, C, D y E):

  • Grado A: Acreditación parcial de competencias.
  • Grado B: Certificado de competencia.
  • Grado C: Certificado Profesional.
  • Grado D: Ciclos Formativos (grado básico, medio y superior).
  • Grado E: Cursos de especialización para quienes tengan un Ciclo Formativo de Grado Medio (título de especialista) o de Grado Superior (máster profesional).

    El proyecto de Ley recoge también que todos los ciclos formativos tendrán carácter Dual con una doble modalidad: general e intensiva. En el caso de la Formación Profesional general, el tiempo de formación en la empresa será de entre un 25% y un 35% de la carga horaria total del ciclo formativo, por el 20% actual (400 horas) que corresponde con el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) con el que cuentan todos los ciclos formativos actuales que no tienen carácter Dual.

    Por otro lado, la denominada en el proyecto de Ley como Formación Profesional intensiva, contará con una carga horaria de formación en el centro de trabajo de más del 35% del horario total del ciclo formativo, contemplando, en este último caso, un contrato de formación entre el estudiante y la empresa. En ambos casos, el proyecto de Ley, otorga a las empresas un porcentaje de los contenidos y resultados de aprendizaje del currículo, creando la figura del tutor de empresa que participará en la valoración de los aprendizajes adquiridos por cada estudiante. Además, el proyecto de Ley incluye la posibilidad de autorizar a las empresas para impartir acciones formativas destinadas a facilitar a sus trabajadores la obtención de un título de Formación Profesional. A la espera de ver como se concretan y matizan todos estos aspectos en el trámite parlamentario del proyecto de Ley, desde ANPE nos preocupa la posible reducción horaria de los módulos de cada ciclo para cumplir con la extensión de la dualidad en todos los ciclos formativos, otorgando, a su vez, competencias de carácter académico a los tutores de empresa y a las propias empresas, tareas que, para ANPE, sólo pueden ser propias del profesorado y de los centros de formación Profesional.

    Por otro lado, el proyecto de Ley también modifica el actual sistema de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral y vías no formales de formación. También establece que se creará el Registro Estatal de Formación Profesional, que permitirá a cualquier ciudadano acceder al mismo y obtener un Informe de su vida formativa-profesional actualizado.

    En cuanto a los centros, las dos redes hasta ahora independientes, la del sistema educativo y los centros y entidades autorizadas para la Formación Profesional para el empleo, serán complementarias. Todos los centros estarán inscritos en el futuro Registro Estatal de Centros de Formación Profesional.

    También es importante y relevante la importancia que se da, no sólo a la orientación profesional sino también, como se ve a lo largo del articulado, a la orientación educativa. Por ello, para ANPE, es imprescindible que se establezca en la Ley que todos los centros en los que se impartan enseñanzas de Formación Profesional, incluidos los centros integrados, cuenten con la dotación suficiente de especialistas en FOL y en orientación educativa.

    Por último, en lo que respecta al profesorado, que es lo que más nos preocupa desde ANPE, el proyecto de Ley plantea la modificación parcial de lo regulado en la LOMLOE sobre el profesorado técnico de FP, creando un nuevo “cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional”, para dar cabida a las especialidades para las que, a efectos de docencia, son válidas algunas titulaciones de Técnico superior y que la LOMLOE dejaba en tierra de nadie. Un nuevo cuerpo docente que no se sabe en qué grupo funcionarial se va a encuadrar, ni qué condiciones laborales y retributivas tendrá.