ANPE Canarias ¡Buena noticia para el profesorado interino!


15 Jun, 2018

ANPE Canarias La reciente sentencia número 966/2018, de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de fecha 11 de junio de 2018,  que afecta positivamente al profesorado interino de la Comunidad Autónoma de Murcia, nos parece una buena noticia para el profesorado interino de Canarias, aunque no le resulte de aplicación inmediata.

 

En realidad, su fallo concierne únicamente al profesorado interino de Murcia que, pese a obtener nombramientos de curso completo, era contratado hasta el día 30 de junio, con el resultado de que ese gobierno autónomo se ahorraba sus retribuciones durante los meses de julio y agosto.

 

Afortunadamente, gracias a la permanente defensa del colectivo sostenida por las organizaciones sindicales representativas del sector, en Canarias todos los interinos con destino adjudicado para todo el curso escolar reciben su nombramiento desde el día 1 de septiembre hasta el día 31 de agosto del año que corresponda, por lo que, en ningún caso, tienen problemas para percibir con absoluta normalidad las nóminas de ambos meses de verano.

 

No obstante, ANPE Canarias considera que también se trata de una buena noticia para nuestros compañeras y compañeros interinos porque este último pronunciamiento del Tribunal Supremo nos concede más argumentos a las centrales sindicales para continuar insistiendo ante el Gobierno de Canarias en nuestra demanda de que se desbloquee de una vez, en nuestra Ley de Presupuestos, el cobro de los meses de verano por parte de quienes trabajan un mínimo de cinco meses y medio a lo largo del mismo curso escolar.

 

Como todos recordarán, el “Segundo Protocolo para la Gestión del Profesorado Interino y Sustituto del Sistema Educativo Público Canario”, elevado a Acuerdo del Gobierno y publicado en el Boletín Oficial de Canarias número 167, del 25 de agosto de 2005, en su apartado cuarto, punto 2, contemplaba lo siguiente:

“El personal sustituto que acredite cinco meses y medio de servicio efectivo en un mismo curso percibirá, además, las retribuciones correspondientes a los meses de julio y agosto de ese año”.

 

Desde hace varios cursos, nuestra organización sindical viene demandando a la Consejería de Educación y Universidades que plantee al Gobierno la necesidad de levantar la suspensión impuesta a este apartado del Segundo Protocolo, pero ahora lo haremos todavía con más argumentos y con mayores posibilidades de éxito, apoyándonos en esta sentencia del Tribunal Supremo.

 

Por supuesto, ANPE Canarias tramitará ante la Administración Educativa todas las reclamaciones que el profesorado interino desee interponer al amparo de la precitada sentencia.

 

Les mantendremos informados puntualmente de cualquier novedad que se produzca en esta cuestión.