Informe. Mesa de Negociación


21 Dic, 2021

El ministerio junto a los sindicatos han tratado el borrador de modificación del RD 276/2007 para adaptarlo a la futura ley de estabilización.

ASISTENTES:

  • Por el Ministerio: Secretario General Técnico de Educación y miembros del Ministerio de Educación.
  • Por la parte sindical: ANPE, CCOO, STE, CSIF, UGT, CIGA y ELA.

1. BORRADOR DE MODIFICACIÓN DEL RD 276/2007 PARA ADAPTARLO A LA FUTURA LEY DE ESTABILIZACIÓN.

MINISTERIO: EL Senado ha aprobado el dictamen de la Ley de estabilidad, por lo que previsiblemente la Ley se publique antes de fin de año. Ayer por la noche mandaron un nuevo borrador que incluyen alguna novedad como el que la experiencia en el concurso de méritos sea de la especialidad, que la parte B sea sólo la Unidad Didáctica y no da opción a elegir entre UD y Programación didáctica, y alguna modificación en el baremo.

 

ANPE:

Nos encontramos con las circunstancias que concurren en este momento derivadas de la promulgación de la futura Ley de reducción de la temporalidad en el empleo público. Es urgente y necesario dar respuesta a la situación de los compañeros y compañeras en régimen de interinidad, en muchos casos desde hace un buen número de años.

En un escenario caracterizado por una nueva Ley de Educación cuyo sustento de base es la LOE, año 2006, no aprovechar al menos como se ha solicitado en esta mesa por ANPE y otras organizaciones la constitución de grupos de trabajo para avanzar en el desarrollo de la disposición adicional 7ª con relación al diseño de la profesión docente, no podemos de dejar de calificarlo como una oportunidad perdida. No podemos obviar que lo que se plantea es la modificación de una norma de hace más de 14 años, esa es la realidad, independientemente de que haya que dar respuestas a lo contemplado en la futura Ley de reducción de la temporalidad.

Desde ANPE lo primero que queremos trasladar al Ministerio son las múltiples dudas que nos surgen, tanto en la lectura e interpretación y aplicación de lo que se propone en el borrador presentado, como en la seguridad jurídica, no ya sólo de algunos de los planteamientos que se hacen, que esperemos se nos aclaren, sino también y fundamentalmente de la celebración de esta Mesa de negociación en la que se aborda la modificación del RD 276/2007 en desarrollo y aplicación de una Ley, la de estabilización del personal al servicio de las administraciones públicas, que se encuentra en plena tramitación parlamentaria, de hecho el miércoles será debatida en el Senado. Entendemos que habría que esperar al texto definitivo de la Ley y a su publicación en el BOE y posteriormente convocar esta Mesa, aunque hoy avancemos en la negociación. Nos gustaría conocer también para cuándo se prevé que podrían estar publicadas y entrar en vigor las modificaciones aquí planteadas: esta sería la primera incertidumbre que habría que aclarar para conocer si las oposiciones que se pudieran convocar en 2022 lo harían con la normativa actual, quedando claro que esas CCAA que convocasen con la normativa actual, como ya han hecho Asturias, Baleares y Navarra, no podrían ofertar plazas de estabilización. Quedando, para el sistema del proceso de estabilización una convocatoria de oposiciones para los cuerpos de Enseñanzas Medias (2023) y otra para el de Maestros (2024).

Y al hilo de lo anterior, nos surge la primera duda que nos produce incertidumbre jurídica: la Ley de estabilización sólo recoge que los sistemas de ingreso se adaptarán a las plazas de estabilización que la norma identifica perfectamente, y estas plazas, a su vez, las divide en dos tipos, que se deberá delimitar claramente en nuestro ámbito educativo. Sin embargo, el texto de modificación del RD 276/2007 recoge que este sistema de estabilización será también aplicable a las plazas que no lo sean, es decir, a las futuras jubilaciones (tasa de reposición) o plazas que se puedan crear desde las Administraciones educativas en el periodo 2022-2024. Una tasa de reposición que, por cierto, ha sido la principal limitación para poder reducir la temporalidad y aumentar las plantillas y que se debería de eliminar. El incluir esas plazas junto con las de estabilización, no sólo entendemos que puede generar inseguridad jurídica por ir más allá de lo que marca el proyecto actual de la futura Ley de estabilización. Para evitar posibles impugnaciones a los procesos selectivos que se convoquen en estos años, queremos conocer si se tiene el aval de algún informe jurídico de la abogacía del Estado que respalde lo presentado por el Ministerio.

Por otro lado, en este mes de enero el Ministerio debería darnos a conocer, antes del 19 de enero, el primer borrador en desarrollo de las Disposición Adicional Séptima de la LOMLOE, donde se recogerá el futuro sistema de ingreso y acceso a los cuerpos docentes, nos gustaría conocer en qué términos será y cómo afectaría, en su caso, a lo que estamos tratando en esta Mesa.

Entrando ya en el texto presentado, en ANPE no hemos recibido el último borrador al que alude el Ministerio, aunque haremos mención a alguna de las modificaciones que se nos acaban de trasladar. Respecto al proceso de estabilización que se presenta se pone de manifiesto, a la vista del mismo, que no estamos realmente ante un proceso de estabilización del profesorado interino.

Según el borrador aquí presentado, se deberán sacar a oferta de empleo público todas las plazas de estabilización, a través de dos sistemas diferenciados.

Es necesario especificar de forma clara, para que no dé lugar a interpretaciones diversas por parte de las CCAA, cuáles serán las plazas objeto de estabilización y de estas las que estarán destinadas a cubrirse por el procedimiento de concurso de méritos, limitando el número en este último caso con respecto a la totalidad de las plazas destinadas a estabilización.

1. ACCESO POR CONCURSO DE MÉRITOS

Un concurso de méritos para las plazas de carácter estructural que lleven ocupadas por un interino desde el 1 de enero de 2016, que se convocará, por una sola vez, y a través de un sistema de libre concurrencia de aspirantes, es decir, que se presentarán aspirantes de toda España adjuntando sus méritos para ocupar esas plazas. Estas plazas, que la norma obliga a sacar a este concurso de méritos, son plazas, en su práctica totalidad, de cuerpos y especialidades que llevan muchos años sin salir a oposición y suelen estar ocupadas por el mismo interino desde hace años, son los interinos que podemos llamar por obligación e imperativo de las Administraciones educativas que, al no convocar oposiciones de sus especialidades con la frecuencia de otras, no han tenido más remedio que seguir como interinos ocupando una plaza de plantilla. Nos referimos sobre todo a especialidades vinculadas con la Formación Profesional, tanto del cuerpo de secundaria como del cuerpo a extinguir de Técnicos de FP, compañeros de los cuerpos docentes de Escuela Oficial de Idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de Artes plásticas y diseño o de maestros de taller. Con lo aquí planteado, se cesará a todos estos compañeros y sus plazas saldrán a un concurso de méritos incierto en el que aspirantes de otras CCAA o de centros privados o concertados, o incluso funcionarios de carrera de otros cuerpos docentes, que pueden tener más baremo lleguen a ocupar esas plazas que llevan compañeros ocupando en muchos casos desde hace más 20 años y algunos de ellos cerca de su edad de jubilación.

ANPE propone que la oferta de este tipo de plazas se negocie y estudie plaza a plaza en las distintas Administraciones Educativas, no obligando a ofertar todas en el mismo momento. Para ANPE, el Ministerio y las Administraciones educativas deberían dar una solución satisfactoria a estos “interinos obligados por la Administración” y que han sido clave y de gran ayuda para la misma, pues llevan ocupando durante muchos años plazas de manera interina por culpa de las Administraciones educativas. Si se hace con el sistema propuesto aquí se traducirá en multitud de despidos de compañeros que llevan años ejerciendo su labor docente y lo que conllevará realmente será una “desestabilización” de las plantillas de los centros.

2. ACCESO POR CONCURSO-OPOSICIÓN

Para el resto de plazas de estabilización y, según la redacción del borrador, las de reposición que se convoquen desde la entrada en vigor de estas modificaciones y hasta 2024, se propone una prueba única dividida en dos partes, sin puntuación mínima en ninguna de ellas. Por un lado, el desarrollo de un tema y, por otro lado, con la última modificación que se nos ha presentado hoy, la presentación, exposición y defensa de una unidad didáctica. Con este sistema en el que, sin tener un conocimiento mínimo de la parte del temario de la especialidad o de la parte didáctica se pueda ser funcionario de carrera o bien ingresar en las listas de interinos va a provocar un “efecto llamada” en los procesos que se convoquen, perjudicando a los interinos y aspirantes de la especialidad porque, no olvidemos, los requisitos para acceder a la función pública docente es tener el título de grado o equivalente en lo que sea y el título de Master del profesorado o equivalente, en el cuerpo de maestros el título de maestros de cualquier especialidad. Creemos desde ANPE que, el que no haya puntuación mínima en las partes de la prueba, puede provocar que un aspirante obteniendo un 9 ó 10 en alguna de las partes y en la otra un 0 ó 1 pueda superar la fase de oposición. No olvidemos que actualmente, en la primera prueba, que tiene dos partes, es necesario obtener un 2,5 en cada una de las dos partes (tema y supuesto práctico). Y eso es lo que puede provocar un “efecto llamada” ya que, aspirantes interinos de otros cuerpos y/o especialidades o de la enseñanza privada-concertada, todos ellos con alta puntuación en el apartado de experiencia, sacando una nota alta en la presentación de una unidad didáctica, o bien superando el tema con nota alta puedan obtener una plaza en detrimento de los interinos a los que, supuestamente se pretende estabilizar.

Tampoco podemos olvidar el “efecto llamada” que también va a provocar en los funcionarios de carrera de otros cuerpos que, ante esta modificación, optarán por presentarse por el acceso libre para obtener una plaza, pues, a priori, este sistema puede resultar más sencillo y asequible que el acceso a otros cuerpos, además de no contar con limitación de plazas como ocurre con el acceso.

En lo que respecta a las pruebas, sobre el supuesto práctico creemos que habría que fijar en qué cuerpos y especialidades se aplicará, para evitar desigualdades entre las CCAA y la inseguridad jurídica que generará que cada Comunidad Autónoma se la que decida en que especialidades se realizará, por el carácter estatal de los cuerpos docentes.

En lo que se refiere al baremo, los apartados de formación académica y otros méritos deberían ser igual que han sido estos últimos años para valorar adecuadamente a los compañeros que se han estado formando en estos años.

Tampoco compartimos que sólo se valoren las oposiciones superadas desde 2012, hay muchas especialidades en las que no ha habido convocatoria de oposiciones desde esa fecha o sólo una. Esto tiene especial relevancia en el sistema de concurso de méritos por las características específicas a las que hemos aludido antes.

En definitiva, para ANPE, el borrador presentado por el Ministerio genera muchas dudas e incertidumbres, además de inseguridad jurídica, y creemos que no ayudará a dar estabilidad a una parte importante de los interinos, incluso en muchos casos se pondrá en peligro su puesto de trabajo. Pero, además, deja fuera a otros muchos interinos y aspirantes con menos experiencia, pero con más formación que no es reconocida en el nuevo baremo. Eso sin contar con la incertidumbre que se está generando ante un posible cambio normativo, en un momento en el que los aspirantes e interinos se están preparando en base a la normativa actual. Por ello es necesario despejar dudas lo antes posible, de ahí que desde ANPE queremos preguntar también al Ministerio a que acuerdos o que decisiones se tomaron ayer en la reunión que se mantuvo con las CCAA.

MINISTERIO: Intentarán que la modificación del RD 276/2007 esté lo antes posible. Quieren dar seguridad jurídica a las convocatorias que se convoquen según la nueva norma y al incluir las plazas que no son de estabilización en este mismo proceso de manera expresa en el RD se da esa seguridad jurídica. Mientras no estén en vigor las modificaciones del RD las CCAA que convoquen antes lo harán con la norma actual.

Las CCAA serán las que tengan que determinar las plazas de estabilidad que irán al concurso de méritos y cuales al otro sistema.

En cuanto a las características del sector docente se ha adaptado la norma, eliminando el concepto de “ininterrumpido” en el tiempo de servicio y de ocupar una plaza para que se pueda aplicar al sector docente.

Respecto a la formación permanente en el baremo, han eliminado la mención expresa a la formación permanente para evitar que la experiencia pierda su peso.

Sólo han dejado para valorar la experiencia en la enseñanza pública sólo en la especialidad por la que se presenten. Mantienen la experiencia de la privada-concertada, aunque se plantean reducirla o incluso eliminarla.

Sobre el mínimo de nota entienden que sólo se puede establecer un mínimo en la superación de la fase de oposición, pues las pruebas no son eliminatorias. Esa fase de oposición se debería superar con un 5, y así responden también a otras organizaciones sindicales que han propuesto que no haya que sacar un 5 para superar la fase de oposición.

Sobre el supuesto práctico analizarán la propuesta realizada de acotarlo con las CCAA, aunque ven complejo hacerlo.

ANPE:

Lo que nos responde el Ministerio nos resuelve pocas dudas y nos crea más incertidumbres. No conocemos que criterio se seguirá para distinguir las plazas de estabilización que irían al concurso de méritos y las que irían al concurso-oposición, algo que se pasa a las CCAA pero entendemos que debería ser el Ministerio quien fijara los criterios. Tampoco se ha concretado algo tan importante como la fecha mínima de publicación del RD para saber si las CCAA podrán convocar con las modificaciones planteadas o con la norma actual.

Lo planteado sobre la experiencia no tiene ningún sentido, en el cuerpo de maestros se puede acumular experiencia de distintas especialidades, o en secundaria se puede tener experiencia en distintas especialidades matemáticas, física, etc, cualquiera de las afines, o en FP tener experiencia en especialidades como Informática en la del cuerpo de técnicos y en la del cuerpo de secundaria. Que toda esa experiencia no se valore y la de la concertada-privada sí, no tiene ningún sentido.

Que se pretenda no valorar la formación permanente, que es un deber del profesorado recogido en la actual Ley educativa, es un sinsentido. Eso unido a la práctica anulación de la formación académica, donde se incluiría la valoración de los títulos universitarios oficiales, formación en idiomas, etc. Todo esto penaliza al profesorado que se ha estado formando estos años.

En definitiva, no nos gusta este sistema que ni siquiera da repuesta satisfactoria a quien teóricamente va dirigido y es un sistema claramente mejorable. Creando a su vez una enorme inseguridad jurídica con la inclusión en estos procesos de las plazas de reposición y no sólo de estabilización, además de otras cuestiones que no están suficientemente claras. Por ello, para ANPE, sería necesario que la abogacía del Estado realizara un informe jurídico sobre el sistema que se llegue a plantear para garantizar la viabilidad de lo que finalmente apruebe el Gobierno.

2.- RUEGOS Y PREGUNTAS:

ANPE:

INTEGRACIÓN DEL PROFESORADO DEL CUERPO DE TÉCNICOS DE FP EN EL CUERPO DE PROFESORES DE SECUNDARIA

¿En qué situación se encuentra el desarrollo y aplicación de la disposición adicional undécima de la LOE referida a la integración en el cuerpo de secundaria de los profesores técnicos de la formación profesional?

Llevamos casi un año desde la aprobación de la norma y parece que nada se ha hecho hasta este momento. Reina la intranquilidad y el desconcierto en el colectivo, hay que despejar dudas y dar pasos hacia una solución que satisfaga a todos, tanto los que tienen titulación, como a los que no la tienen.

Ministerio: Se está tramitando la futura Ley de FP, que ya está en el Senado y que en breve será publicada con modificaciones de la Disposición Adicional undécima. Una vez publicada, convocarán la Mesa de negociación de manera inmediata para dar solución a esta integración.

ELIMINACIÓN TASA DE REPOSICIÓN

Llama la atención que no se haga referencia a la eliminación de la tasa de reposición, competencia exclusiva de la administración central y que para ANPE es fundamental para que nuestras plantillas puedan crecer y llegar a acuerdos de bajada de ratios y de horario lectivo del profesorado.

AUMENTO DE CONTAGIOS POR COVID-19 EN CENTROS EDUCATIVOS

Estamos muy preocupados por la situación de pandemia y la falta de liderazgo del Ministerio en la asunción de medidas, pues las CCAA ya están adoptando de forma independiente decisiones distintas.

MINISTERIO:

El Ministerio revisará las aportaciones de todas las organizaciones sindicales y nos remitirá un nuevo borrador. No asegura si se realizará o no una nueva convocatoria de la mesa de negociación.