Como consecuencia de la alerta sanitaria internacional decretada por la OMS y tras la declaración del estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, MUFACE ha articulado, dentro del proceso ordinario, un procedimiento ágil específico para el reintegro de los gastos ocasionados a los mutualistas cuando la prescripción no se haya podido efectuar en receta de Muface.
SE APLICA EXCLUSIVAMENTE A LOS CASOS EN QUE:
- Exista receta electrónica del SERMAS, en el supuesto de los mutualistas de opción pública de Madrid
- Exista receta oficial privada (en papel o electrónica) o cualquier otro tipo de receta, pero que en cualquiera de los casos no se haya podido utilizar el talonario oficial de recetas de MUFACE,
La prescripción o adquisición deberá haber sido hecha durante el estado de alarma decretado por el Gobierno, que comenzó el 14 de marzo de 2020..
Mediante este procedimiento se reintegra la cantidad financiada por la Mutualidad, que se corresponde con el importe abonado por el mutualista descontada la aportación del usuario correspondiente al medicamento o producto de que se trate. Usted debe aportar la factura de adquisición del producto de que se trate. En la misma solicitud puede aportar varias facturas.
Tenga en cuenta que, como es habitual, solo cubre los medicamentos y productos sanitarios financiados en el Sistema Nacional de Salud.
Hay exclusivamente dos vías para hacerlo. Le recomendamos la vía electrónica.
Canales:
Lo puede hacer en cualquier momento a través de nuestra sede electrónica, Enlace al proceso electrónico. Utlice Cl@ve, Certificado electrónico o DNI electrónico.
También puede hacerlo en papel, cumplimentando el Impreso al que se accede en este enlace. Envíelo por correo postal a su Servicio Provincial junto con su factura o facturas, ya que la afluencia a las oficinas se ha restringido a urgencias o cuestiones que no permiten otro canal de gestión.
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