MURCIA. Adjudicación telemática interinos 16/11/2022


16 Nov, 2022

 ACUERDOS DE MESA GENERAL DE APOYO A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD PARA LOS ACTOS DE ADJUDICACIÓN

MAESTROS

SECUNDARIA

Convocatoria

Convocatoria

Vacantes

Vacantes

Incidencias

Incidencias

Resultados Provisionales

Adjudicados

Adjudicados

Vacantes Anuladas 

 Vacantes Anuladas

Resultados Definitivos

Adjudicados 

Adjudicados / OPTAN

Vacantes Excluidos Anuladas 

Vacantes Anuladas 

Excluidos

Excluidos

Notas de corte

Notas de corte

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NOTA INFORMATIVA-ACTO ADJUDICACIÓN TELEMÁTICO SEMANA PRÓXIMA


CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN SEUNDARIA

1.Las plazas a jornada completa serán obligatorias salvo:  tiempos parciales, aulas ocupacionales, centros de educación especial, aulas penitenciarias y centros de menores

2.Las vacantes a tiempo parcial son voluntarias

3 .El profesorado interino convocado para plazas con perfil bilingüe que no acepte la oferta de ningún puesto decaerá en su derecho de elegir plazas bilingües hasta que no haya trabajado por alguna otra especialidad, incluida la asociada a la bilingüe rechazada.

4. No se podrá renunciar a una vacante no obligatoria adjudicada, incluidas las del acto de adjudicación no voluntario del mes de julio.

5.Aquellos adjudicatarios que soliciten una vacante para la que se indiquen requisitos especiales y no los puedan justificar, le será anulada su concesión, y perderán su derecho a permanecer en la lista de interinidad de dicha especialidad. 

6.Los adjudicatarios que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal no pueden participar en el acto de adjudicación.

7.Los nuevos docentes interinos que trabajen por primera vez en esta administración, deben aportar la documentación incluida en la carpetilla de recogida de datos. Dicha carpeta se encuentra disponible en la zona privada del portal de Educarm.

8.Protección, conciliación y apoyo a la maternidad:

  • Las personas con un hijo o hija menor de 12 años o mayor con discapacidad podrán renunciar al mismo sin ser excluidas ni penalizadas por ello, en caso de tener a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar podrán renunciar cuando el puesto de trabajo ofrecido lo sea en un municipio distinto al de residencia sin ser excluidas ni penalizadas por ello. 

  • Las personas con un hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad a su cargo, no estarán obligadas a participar en los actos de adjudicación y, en caso de hacerlo, podrán voluntariamente pedir cualquiera de los puestos ofertados, sin ningún tipo de exclusión o penalización. 

  • Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes que tengan a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar tienen obligación de participar en los actos, pero solo les será exigible pedir los puestos obligatorios ofertados en su municipio de residencia, sin que el ejercicio de este derecho pueda dar lugar a ningún tipo de exclusión o penalización.

 
CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN MAESTROS:
 
1. Las plazas a jornada completa serán obligatorias salvo: 
itinerantes, aulas hospitalarias, tiempos parciales, aulas ocupacionales, centros de educación especial, aulas penitenciarias y centros de menores. b. Para la lista de maestros: compensatoria, aulas de acogida, centros de educación de personas adultas y vacantes con doble perfil (PT/AL, Infantil/ Primaria,…).
2. Las vacantes a tiempo parcial o vacantes con carácter itinerante o compartido son voluntaria. 
3. El profesorado interino convocado para plazas con perfil bilingüe que no acepte la oferta de ningún puesto decaerá en su derecho de elegir plazas bilingües hasta que no haya trabajado por alguna otra especialidad, incluida la asociada a la bilingüe rechazada.
4. No se podrá renunciar a una vacante no obligatoria adjudicada, incluidas las del acto de adjudicación no voluntario del mes de julio.
5. Las plazas que tengan requisito de Lengua de Signos deberán aportar la documentación que lo justifica, a partir de la publicación de la adjudicación provisional de destinos al correo adtele.primaria@murciaeduca.es.
6. Aquellos adjudicatarios que soliciten una vacante para la que se indiquen requisitos especiales y no los puedan justificar, le será anulada su concesión, y perderán su derecho a permanecer en la lista de interinidad de dicha especialidad. 
7. Los adjudicatarios que se encuentren en situación de Incapacidad Temporal no pueden participar en el acto de adjudicación.
8. Al unir dos tiempos parciales se debe comprobar previamente que los horarios de ambos Centros son compatibles. En el supuesto de que una adjudicación no sea compatible, se procederá a la anulación de uno de los tiempos parciales, quedando la adjudicación solamente con el primer destino solicitado a tiempo parcial.
9. Los nuevos docentes interinos que trabajen por primera vez en esta administración, deben aportar la documentación incluida en la carpetilla de recogida de datos. Dicha carpeta se encuentra disponible en la zona privada del portal de Educarm.
10. Protección, conciliación y apoyo a la maternidad:
- Las personas con un hijo o hija menor de 12 años o mayor con discapacidad podrán renunciar al mismo sin ser excluidas ni penalizadas por ello, en caso de tener a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar podrán renunciar cuando el puesto de trabajo ofrecido lo sea en un municipio distinto al de residencia sin ser excluidas ni penalizadas por ello. 
 - Las personas con un hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad a su cargo, no estarán obligadas a participar en los actos de adjudicación y, en caso de hacerlo, podrán voluntariamente pedir cualquiera de los puestos ofertados, sin ningún tipo de exclusión o penalización. 
- Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes que tengan a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar tienen obligación de participar en los actos, pero solo les será exigible pedir los puestos obligatorios ofertados en su municipio de residencia, sin que el ejercicio de este derecho pueda dar lugar a ningún tipo de exclusión o penalización.