Entre las novedades que introdujo el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, está la de equiparar el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, y nacimiento y cuidado del menor. Los periodos cotizados computan igual, independientemente de la jornada que se realice en cada uno de ellos.
Esta medida entró en vigor, como estaba previsto en el Real Decreto, el 1 de octubre de 2023.